Martes, 03 de marzo, 2020
La Corte Constitucional ha reconocido que la interrupción voluntaria del embarazo está íntimamente ligada al derecho a la salud de una mujer, mismo que está reconocido en el artículo 12 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
La decisión de la Corte Constitucional de Colombia de no tomar acción para despenalizar el aborto representa una oportunidad perdida para la realización de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar en el país, dijo Amnistía Internacional hoy.
“Al perder esta oportunidad histórica de avanzar hacia la despenalización del aborto en Colombia, la Corte Constitucional les ha dado la espalada a las mujeres y su lucha por acabar con los círculos de violencia y los mecanismos de control de los que han sido víctimas. Lamentamos que la corte haya decidido seguir restringiendo los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en vez de poner un ejemplo positivo para la región,” dijo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional.
Desde el 2006, la Corte Constitucional, a través de su sentencia C-355/06, penalizó el aborto cuando el embarazo constituía peligro para la salud o la vida de la mujer, cuando existía grave malformación del feto que hacía inviable su vida, o cuando la gestación era causada por una violación. Hoy la Corte Constitucional tenía que decidir un caso en el cual podría haber avanzado con la despenalización del aborto, pero decidió no pronunciarse.
La misma Corte Constitucional ha reconocido, en múltiples sentencias, que el derecho de una mujer a abortar forma parte de los derechos sexuales y reproductivos, mismos que están protegidos el artículo 12 de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés). Colombia hace parte de este tratado desde su firma en 1980, y posterior ratificación, en 1982, por lo que queda obligado a cumplir sus disposiciones.
Asimismo, la Corte Constitucional ha reconocido que la interrupción voluntaria del embarazo está íntimamente ligada al derecho a la salud de una mujer, mismo que está reconocido en el artículo 12 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR, por sus siglas en inglés). Colombia hace parte de este tratado desde su firma en 1966 y posterior ratificación en 1969, es así como no puede incumplir las obligaciones aquí asumidas.
Amnistía Internacional llama al Estado colombiano a cumplir con sus obligaciones de derechos humanos, que han sido recogidas no sólo por la jurisprudencia colombiana, sino también a nivel constitucional.