Martes, 27 de junio, 2023
Hoy, 27 de junio de 2023, la Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte Penal Internacional (la ‘CPI’ o la ‘Corte’) emitió su decisión autorizando a la Fiscalía de la CPI a reanudar su investigación sobre la situación en la República Bolivariana de Venezuela I (la ‘ Situación’ y ‘Venezuela’, respectivamente).
La Sala, integrada por los Jueces Péter Kovács (presidente), Reine Adélaïde Sophie Alapini-Gansou, y María del Socorro Flores Liera, consideró la solicitud de la Fiscalía, las observaciones de las autoridades venezolanas competentes, quienes colaboraron activamente con la Corte en este proceso, como así como 1.875 presentaciones de opiniones e inquietudes transmitidas a través de la Sección de Reparación y Participación de las Víctimas. La Sala concluyó que, si bien Venezuela está tomando algunas medidas de investigación, sus procesos penales internos no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía. La Sala extrajo su conclusión de las observaciones y el material que se le presentó. En relación con los factores que la Sala consideró determinantes para su conclusión, encontró que aparentemente Venezuela no está investigando las alegaciones de hecho que subyacen a los elementos contextuales de los crímenes de lesa humanidad, y que el enfoque de las investigaciones internas parece estar generalmente en los perpetradores directos y/o de menor nivel. Como parte de su consideración de los factores restantes, la Sala señaló que Venezuela parece haber tomado medidas de investigación limitadas y que, en muchos casos, parece haber períodos de inactividad investigativa inexplicable. La Sala también señaló que las investigaciones internas parecen no abordar suficientemente las formas de criminalidad que la Fiscalía pretende investigar, refiriéndose en particular a la intención discriminatoria que subyace al presunto delito de persecución y la investigación aparentemente insuficiente de los delitos de naturaleza sexual.
Esta conclusión no impide que Venezuela proporcione material en el futuro para que la Fiscalía o la Sala determinen la inadmisibilidad sobre la base de la complementariedad. Además, cuando la Fiscalía presenta un caso real, puede llevarse a cabo una nueva evaluación de la admisibilidad. La Sala destacó que la evaluación del estado de los procedimientos internos es un proceso continuo y requiere un diálogo continuo entre el Estado pertinente y la Corte, para garantizar que se respete el principio de complementariedad con respecto a las investigaciones y los enjuiciamientos autorizados por la Corte.
Antecedentes: Venezuela ratificó el Estatuto de Roma el 7 de junio de 2000. El 27 de septiembre de 2018, la Fiscalía recibió una remisión de un grupo de Estados Partes del Estatuto de Roma, a saber, la República Argentina, Canadá, la República de Colombia, la República de Chile, República del Paraguay y República del Perú, sobre la situación en Venezuela desde el 12 de febrero de 2014.
El 3 de noviembre de 2021, la Fiscalía anunció que el examen preliminar había concluido con una decisión de proceder con las investigaciones.
El anuncio de la Fiscalía estuvo acompañado de un Memorándum de Entendimiento entre Venezuela y la Fiscalía para continuar impulsando medios y mecanismos que apoyen y promuevan un proceso nacional genuino en dicho Estado, comprometiéndose a establecer mecanismos para mejorar la cooperación entre las partes para facilitar el cumplimiento de las Mandato del Ministerio Público en el territorio de Venezuela.
El 21 de abril de 2022, la Fiscalía notificó a la Sala de Cuestiones Preliminares que había recibido una solicitud de Venezuela para diferir las investigaciones de la Fiscalía a favor de las actuaciones realizadas por las autoridades nacionales de Venezuela, de conformidad con el artículo 18(2) de la Roma Estatuto.
El 1 de noviembre de 2022, la Fiscalía presentó una solicitud ante la Sala de Cuestiones Preliminares solicitando autorización para reanudar la investigación en esta Situación.