Viernes, 29 de marzo, 2019

Todas las personas incluidas las migrantes en situación regular o irregular, las solicitantes de asilo y las refugiadas tienen derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica, al debido proceso y a las garantías judiciales, así como a no ser objeto de malos tratos, expulsión colectiva o devolución 


El 17 de marzo, agentes de policía y de inmigración detuvieron arbitrariamente en un albergue en La Paz, Bolivia, a 14 personas refugiadas venezolanas (3 mujeres y 11 hombres) que habían participado el 15 de marzo en una manifestación pacífica ante la Embajada de Cuba para protestar contra las violaciones de derechos humanos cometidas en Venezuela. Los agentes llevaron a estas personas a una oficina de inmigración, las interrogaron y las acusaron de “acciones conspirativas” y “actividades políticas [...] a cambio de dinero”, violando su derecho al debido proceso. Ese mismo día, seis de ellas fueron deportadas arbitrariamente a Perú, que había sido su punto de entrada a Bolivia. Las ocho personas restantes, que habían solicitado asilo, fueron puestas en libertad, pero cinco huyeron posteriormente a Perú ante el temor a sufrir nueva persecución. Las otras tres que permanecen en Bolivia temen ser objeto de persecución y deportación arbitraria. Según organizaciones locales y testigos, muchas de ellas sufrieron malos tratos a manos de agentes de policía. Insten al ministro de Gobierno a poner fin a la persecución y la deportación arbitraria de personas refugiadas venezolanas necesitadas de protección internacional.

Actúen: redacten su propio llamamiento o utilicen esta carta modelo

Ministro de Gobierno, Sr. Carlos Romero

Av. Arce esq. Belisario Salinas N° 2409, La Paz, Bolivia

Teléfono: + 591 2 2440466, +591 2 2120002

Correo-e: mingobierno@mingobierno.gob.bo

Twitter: @MindeGobierno, @CarlosGuRomero

Ministro Romero:

 

El 17 de marzo, unos agentes de policía y de inmigración detuvieron arbitrariamente a 14 personas refugiadas venezolanas en un albergue de La Paz, y las acusaron de “acciones conspirativas y participar en actividades políticas que afectan al orden público, a cambio de dinero”, sin el debido proceso y sin garantías judiciales. Luego, seis de estas personas fueron expulsadas de Bolivia a Perú.

Según organizaciones locales y testigos, muchas de ellas fueron sometidas a malos tratos y amenazas por la policía, y cinco huyeron a Perú ante el temor a sufrir más persecución. Tanto las que fueron deportadas como las que huyeron están actualmente expuestas a abusos y delitos en la frontera entre Perú y Bolivia. Las que permanecen en libertad en el país temen ser nuevamente perseguidas y expulsadas arbitrariamente a lugares en los que su vida o su libertad puedan correr peligro.

Todas las personas —incluidas las migrantes en situación regular o irregular, las solicitantes de asilo y las refugiadas— tienen derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica, al debido proceso y a las garantías judiciales, así como a no ser objeto de malos tratos, expulsión colectiva o devolución (refoulement). Todos los Estados tienen prohibido transferir a cualquier persona a un lugar donde pueda correr un peligro real de sufrir violaciones graves de derechos humanos.

Le instamos a poner fin a la detención arbitraria, la persecución y la expulsión de personas refugiadas venezolanas necesitadas de protección internacional.

Información complementaria

Según una declaración oficial del Ministerio de Gobierno, el 17 de marzo unos agentes de policía y de inmigración llevaron a cabo un operación en la Casa del Migrante de la Pastoral de Movilidad Humana, en La Paz, Bolivia, y detuvieron a 14 personas venezolanas que residían en Bolivia, acusándolas de estar en condición migratoria irregular. Los agentes las llevaron a una Dirección General de Migración para interrogarlas en relación con su condición migratoria y su presunta participación en una manifestación celebrada ante la Embajada de Cuba el 15 de marzo. El ministro de Gobierno declaró que, presuntamente, todas ellas habían confesado estar implicadas en “acciones conspirativas y participar en actividades políticas que afectan al orden público, a cambio de dinero”. Ocho de estas personas que habían solicitado asilo fueron puestas en libertad, mientras que las otras seis fueron deportadas de manera arbitraria e inmediata a Perú.

Según organizaciones locales y testigos, la detención en el albergue fue colectiva y se llevó a cabo sin orden judicial o sin la presencia de una autoridad competente; además, los agentes amenazaron y apuntaron con sus armas durante la operación a las personas refugiadas. Éstas no fueron llevadas ante una autoridad judicial, no tuvieron acceso a un abogado y fueron interrogadas sin que hubiera presente un abogado que las representara, lo que significa que no se les permitió preparar su defensa. Además, los agentes no les dieron la oportunidad de apelar contra su deportación.

Por otra parte, durante las aproximadamente 10 horas que permanecieron detenidas, las personas refugiadas no recibieron comida y no pudieron utilizar los aseos sin que las escoltara un agente. Esto suscita dudas respecto a si los agentes de policía o de inmigración utilizaron malos tratos o amenazas para extraer confesiones.

El 19 de marzo, las organizaciones locales informaron de que cinco de las personas refugiadas puestas en libertad habían huido a Perú ante el temor a una nueva persecución, ya que el ministro de Gobierno las había acusado públicamente y la policía retenía sus documentos de identidad.

El hecho de que seis de las personas detenidas fueran acusadas y deportadas colectivamente ese mismo día, sin permitirles apelar contra su deportación, viola el derecho internacional y sugiere que la decisión fue arbitraria porque careció de un análisis objetivo de las circunstancias individuales de cada caso.

Además, uno de los refugiados era un indígena pemón de la comunidad de Kumarakapay en Venezuela y no hablaba español. Durante el interrogatorio, no le proporcionaron traducción y, por tanto, no le informaron de los cargos en su contra y no pudo defenderse. La comunidad de Kumarakapay fue obligada a desplazarse a Brasil por el ejército venezolano entre el 22 y el 24 de febrero de 2019; por tanto, es probable que sus miembros necesiten protección internacional.

En los últimos años, Venezuela ha experimentado una grave crisis humanitaria y violaciones masivas de derechos humanos. En esas circunstancias, es probable que la gente obligada a huir de Venezuela necesite protección internacional bajo un marco de respeto por los derechos humanos. Independientemente de su condición jurídica en el país de acogida, estas personas tienen, entre otros, derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica, al debido proceso y a las garantías judiciales, así como a no ser objeto de malos tratos, expulsión colectiva o devolución (refoulement). Consulten la declaración pública de Amnistía Internacional titulada Medidas urgentes: Personas venezolanas necesitan protección internacional, del 3 de septiembre de 2018, y una publicación en Twitter del 18 de marzo de 2019.

Pueden escribir llamamientos en: Español

También pueden escribir en su propio idioma.

Envíen llamamientos lo antes posible y no más tarde del: 8 de mayo de 2019

Consulten con la oficina de Amnistía Internacional de su país si desean enviar llamamientos después de la fecha indicada.

Nombre y pronombre preferido: Personas refugiadas venezolanas (ellos/ellas)