Jueves, 21 de enero, 2021

Las familias de las 16 personas refugiadas y solicitantes de asilo viven en el campo de refugiados de Maratane y carecen de medios económicos para viajar a Pemba para visitarlas. Además, a causa de los ataques violentos que continúan perpetrándose en la provincia de Cabo Delgado, el viaje por carretera hasta Pemba puede ser muy peligroso. En consecuencia, las 16 personas no han visto a su familia desde que fueron detenidas en enero de 2019


El 17 de enero se cumplen dos años de la detención arbitraria de 15 personas solicitantes de asilo y refugiadas de la República Democrática del Congo (RDC) y un refugiado de Etiopía en Pemba, en el nordeste de Mozambique, en condiciones terribles. Estas personas deben ser puestas en libertad de inmediato y sin condiciones.

Actúen: Redacten su propio llamamiento o utilicen esta carta modelo 

Helena Kida

Ministra de Justicia / MinisterofJustice

Dirección: Av. Olof Palme 46/48

Maputo, Mozambique

Correo-el: r.canhemba@pr.gov.mz

Ministra Helena Kida:

Le escribo en relación con el caso de 16 personas (14 hombres y una mujer de la República Democrática del Congo y un hombre de Etiopía, de los que 11 son personas refugiadas y 5 solicitantes de asilo) que continúan recluidas en la Tercera Comisaría de Policía de la ciudad de Pemba, provincia de Cabo Delgado, en el norte de Mozambique.

Están recluidas desde su detención el 17 de enero de 2019 sin una orden de arresto. Han pasado dos años desde que se les privó arbitrariamente del contacto con la familia. No se les ha informado de los motivos de la continuidad de su detención, ni de ningún procedimiento administrativo o penal incoado en su contra. Tampoco han comparecido nunca ante un tribunal para legalizar su detención. Según el artículo 308.1.3 del Código de Procedimiento Penal de Mozambique, no se puede mantener a una persona detenida en espera de juicio durante más de 90 días a partir de su arresto.

En estos dos años, las 16 personas detenidas han estado recluidas en condiciones inhumanas. Según ellas mismas, su celda no tiene retrete, por lo que han tenido que cavar varios agujeros en el patio de la comisaría para utilizarlos como tal. Beben un agua amarillenta de la pila de la celda y no se les ha proporcionado alimentación adecuada. No disponen de colchones y tienen que dormir en el suelo sobre hojas de papel. La detención arbitraria prolongada de estas 16 personas refugiadas y solicitantes de asilo en el actual contexto de pandemia global de COVID-19 conlleva un grave riesgo adicional para su derecho a la salud. Las autoridades locales no han aplicado ninguna medida para evitar la propagación de la COVID-19 en la Tercera Comisaría de Policía de Pemba.

El 12 de marzo de 2019, los abogados de estas personas presentaron una solicitud de libertad provisional, pero el Tribunal Provincial de Pemba no se ha pronunciado aún al respecto.

Por tanto, le insto a:

  • garantizar que estas 16 personas refugiadas y solicitantes de asilo son puestas en libertad con carácter de urgencia, de inmediato y sin condiciones, que se les permite regresar de forma segura al campo de Maratane, en la provincia de Nampula, norte de Mozambique, y que se les proporciona una indemnización y reparación adecuadas;
  • garantizar que no son coaccionadas para que soliciten su repatriación ni deportadas a sus países de origen, ni a ningún otro en el que corran riesgo real de sufrir graves violaciones de derechos humanos, conforme a las obligaciones internacionales contraídas por Mozambique en materia de derechos humanos.

Atentamente,

[NOMBRE]

Información complementaria

Los 14 hombres y la mujer de la República Democrática del Congo y el refugiado de Etiopía fueron detenidos arbitrariamente por la Policía de la República de Mozambique y por funcionarios de inmigración el 17 de enero de 2019 en el campo de Maratane, provincia de Nampula, en el norte del país. Según sus testimonios, los agentes de policía e inmigración llegaron al campo por la noche y las golpearon, esposaron y detuvieron sin orden judicial. El 19 de enero de 2019, la policía las trasladó a la Tercera Comisaría de Policía de Pemba, en la provincia de Cabo Delgado.

El 23 de enero de 2019, el gobierno de Mozambique devolvió a siete de los hombres del grupo a su país de origen, la RDC, sin que se les hubiera notificado la orden de expulsión ni permitido impugnarla. Según el testimonio de los siete hombres, los funcionarios de inmigración los obligaron a tomar un vuelo con destino a Kinshasa (RDC). A su llegada al aeropuerto de Kinshasa, los funcionarios de inmigración de la RDC les negaron la entrada y ordenaron su retorno a Mozambique.

En agosto de 2019, el director provincial de Cabo Delgado del Servicio Nacional de Inmigración (SENAMI) visitó a las 16 personas detenidas sin notificárselo a sus abogados e intentó coaccionarlas para que firmaran sendos formularios de repatriación voluntaria, alegando que en el campo de Maratane no iban a estar a salvo.

El 31 de octubre de 2019, el viceministro del Interior, agentes de policía, el director provincial de Cabo Delgado de Servicio Nacional de Inmigración (SENAMI) y un representante del Instituto Nacional de Apoyo a los Refugiados (INAR) visitaron a las 16 personas detenidas. Según los testimonios de éstas, durante la reunión, las autoridades explicaron que el Ministro del Interior había emitido una decisión por la que se les prohibía vivir en Mozambique y no se les permitiría entrar de nuevo en el país durante 10 años una vez que salieran de él. Las 16 personas detenidas contaron también que las autoridades les habían dicho de nuevo que firmaran sendos formularios de “repatriación voluntaria” y las habían amenazado con someterlas a reclusión prolongada si se negaban a hacerlo.

En mayo de 2020, en su 87 periodo de sesiones, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria aprobó una opinión sobre el caso de estas 16 personas refugiadas y solicitantes de asilo, que en ese momento llevaban casi año y medio detenidas arbitrariamente. El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria concluyó que su arresto y su detención carecían de fundamentos jurídicos y eran arbitrarias.

Toda persona —incluidas las refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes regulares e irregulares— tiene derecho al debido proceso y a garantías judiciales; a condiciones de reclusión adecuadas, incluido acceso a alimentos, agua y atención apropiada de salud, y a no ser sometida a detención arbitraria, malos tratos, expulsión colectiva ni devolución (refoulement). El principio jurídico internacional de no devolución (non-refoulement) prohíbe a los Estados el traslado de personas a cualquier lugar donde corran riesgo real de sufrir violaciones graves de derechos humanos.

En abril de 2019, el ciclón Kenneth causó daños en infraestructuras esenciales en la provincia de Cabo Delgado, en el norte de Mozambique. La Tercera Comisaría de Policía, donde se hallan recluidas estas 16 personas refugiadas y solicitantes de asilo, se inundó a causa del ciclón y quedó en pésimo estado.

Desde octubre de 2017, grupos armados vienen matando a civiles en la septentrional provincia mozambiqueña de Cabo Delgado. Los ataques comenzaron en el distrito de Mocímboa da Praia (norte de Cabo Delgado), y en ellos participaron miembros de un grupo armado autodenominado “Al Shabaab”.

Las familias de las 16 personas refugiadas y solicitantes de asilo viven en el campo de refugiados de Maratane y carecen de medios económicos para viajar a Pemba para visitarlas. Además, a causa de los ataques violentos que continúan perpetrándose en la provincia de Cabo Delgado, el viaje por carretera hasta Pemba puede ser muy peligroso. En consecuencia, las 16 personas no han visto a su familia desde que fueron detenidas en enero de 2019.

Pueden escribir llamamientos en: Portugués, inglés. También pueden escribir en su propio idioma.

Envíen llamamientos lo antes posible y no más tarde del: 11 de marzo de 2021. Consulten con la oficina de Amnistía Internacional de su país si desean enviar llamamientos después de la fecha indicada.

Nombre y género gramatical preferido: 15 hombres (masculino) y una mujer (femenino).

Enlace a la AU anterior: https://www.amnesty.org/es/documents/afr41/2603/2020/es/