Viernes, 02 de octubre, 2020

El artículo 9 del PIDCP protege el derecho a la libertad y a la seguridad de la persona y dispone explícitamente: “Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta”


Las autoridades de Bangladesh deben liberar de inmediato a al menos 370 trabajadores y trabajadoras migrantes bangladeshíes que fueron detenidos arbitrariamente entre julio y septiembre a su regreso al país. Así lo ha manifestado Amnistía Internacional.

En la cuarta de una serie de detenciones colectivas de trabajadores y trabajadoras migrantes por presunta actividad delictiva en el extranjero, 32 personas fueron detenidas en Dhaka el domingo 28 de septiembre por "empañar la imagen del país” a causa de su presunto encarcelamiento en Siria, país desde el que habían sido expulsadas. En este caso, como en los otros tres, no se han mostrado indicios creíbles de la comisión de delitos penales ni se han formulado cargos.

La detención arbitraria de los trabajadores y trabajadoras viola el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), en el que Bangladesh es Estado Parte.

Las autoridades de Bangladesh no sólo no han presentado pruebas creíbles de los supuestos delitos cometidos por estas personas, sino que tampoco han especificado ningún cargo penal. Estos hombres y mujeres se encuentran detenidos arbitrariamente en claro incumplimiento de las obligaciones contraídas por Bangladesh en materia de derechos humanos”, ha manifestado David Griffiths, director general de la Oficina del Secretario General.

“Ya hay muchas personas recluidas desde hace varios meses; no hay tiempo que perder. Las autoridades bangladeshíes deben presentar cargos por delitos comunes reconocibles internacionalmente, o poner a estas personas en libertad de inmediato.”

Los 32 trabajadores y trabajadoras fueron encarcelados inicialmente en Siria cuando trataban de llegar a Italia y otros países europeos. Después de que el gobierno sirio conmutara sus penas de prisión, regresaron a Bangladesh el 13 de septiembre y fueron puestos en cuarentena durante dos semanas antes de ser detenidos.

Entre julio y septiembre, la policía de Bangladesh ha encarcelado al menos a 370 trabajadores y trabajadoras migrantes que han regresado al país, amparándose en el artículo 54 del Código de Procedimiento Penal, que permite la detención sobre la base de que exista una “sospecha razonable” de que una persona pueda haber estado implicada en un delito penal fuera de Bangladesh.

El 5 de julio de 2020 fueron detenidos y recluidos 219 trabajadores y trabajadoras bangladeshíes que habían regresado de Kuwait, Qatar y Bahréin desde mayo. Según la petición de la policía ante un tribunal de Dhaka, las personas retornadas estaban encarceladas en esos países por haber cometido “diversos delitos”, que no se especificaron. Los trabajadores y trabajadoras fueron expulsados a Bangladesh después de que se conmutaran sus penas. El tribunal concedió la petición de la policía de detener a los 219 mientras continuara la investigación para determinar sus delitos.

A esto le siguió, el 21 de julio, la detención de otros 36 trabajadores y trabajadoras migrantes que habían regresado de Qatar y, el 1 de septiembre, la detención de 81 trabajadores y trabajadoras migrantes que habían regresado al país desde Vietnam y otros 2 desde Qatar, tras haber sido víctimas de explotación a manos de tratantes de personas.

“En la práctica, la policía de Bangladesh ha recibido permiso del tribunal para mantener a estos trabajadores y trabajadoras detenidos el tiempo que desee. No hay forma de saber cuánto puede durar una investigación sobre centenares de casos en múltiples países. Mantener a gente encarcelada sin cargos durante un periodo de tiempo tan indeterminado es totalmente inaceptable”, ha manifestado David Griffiths.

Información complementaria

El artículo 9 del PIDCP protege el derecho a la libertad y a la seguridad de la persona y dispone explícitamente: “Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta”.

Aquí encontrarán una Acción Urgente emitida por Amnistía Internacional sobre el caso.