Miércoles, 01 de julio, 2020

El pastor Steven Tendo llegó a Estados Unidos en 2018 para solicitar asilo tras huir de la persecución en Uganda. Había encabezado una campaña de derechos humanos en la que ayudaba a presos y presas políticos y apoyaba los derechos de voto en respuesta a la represión y la corrupción. En 2012, las fuerzas de seguridad lo detuvieron y lo torturaron brutalmente, hasta el punto de amputarle dos dedos


Steven Tendo es un pastor y solicitante de asilo, de 35 años, que huyó de la tortura y otras graves violaciones de derechos humanos en Uganda y solicitó asilo en Estados Unidos. Desde diciembre de 2018 permanece recluido en un centro de detención para inmigrantes en Los Fresnos, Texas. Corre peligro de ser devuelto inminentemente a la situación de peligro en Uganda, mientras su salud se deteriora a causa de la atención médica inadecuada que recibe para su diabetes en pleno brote de COVID-19 en el centro de detención. Pedimos a las autoridades que detengan la expulsión del pastor Steven y lo pongan de inmediato en libertad condicional mientras sigue luchando por el derecho a solicitar asilo.

Actúen: Redacten su propio llamamiento o utilicen la siguiente carta modelo

Subdirectora del ICE sobre el terreno en funciones
Deborah Achim, Deputy Field Office Director

Immigration and Customs Enforcement, Department of Homeland Security

1777 NE Loop 410 Floor 15 San Antonio, TX, 78217, EE. UU.

Correo-e: Deborah.Achim@ice.dhs.gov

Correo-e. alternativo: SanAntonio.Outreach@ice.dhs.gov

Teléfono: +1 (210) 283-4723

Teléfono alternativo: +1 (210) 283-4750

Twitter: @ICEgov 

Señora Subdirectora sobre el terreno Achim:

El pastor Steven Tendo (A# 201 520 012) es un solicitante de asilo del Centro de Procesamiento del Servicio de Port Isabel que se enfrenta a la expulsión a Uganda, donde, si regresa, probablemente morirá a manos de los órganos de seguridad.

Estados Unidos está obligado a no devolver a personas a una situación en la que puedan correr peligro de tortura u otros abusos graves contra los derechos humanos. Debe permitirse a Steven que permanezca en el país mientras ejerce su derecho a solicitar asilo.

El deterioro de su salud justifica aún más su liberación. La inadecuada atención médica que ha recibido para su diabetes durante su reclusión ha provocado que pierda la vista y que sienta entumecimiento y hormigueo en las extremidades. En caso de contraer la COVID-19, se enfrenta a complicaciones que pueden poner en peligro su vida; a 18 de junio, 52 detenidos en Port Isabel habían dado positivo.

La insto a detener de inmediato la expulsión de Steven y a concederle la libertad condicional por motivos humanitarios.

Actúe rápidamente para salvarle la vida.

Atentamente,
[NOMBRE]

Información complementaria

El pastor Steven Tendo llegó a Estados Unidos el 20 de diciembre de 2018 para solicitar asilo tras huir de la persecución en Uganda. Había encabezado una campaña de derechos humanos en la que ayudaba a presos y presas políticos y apoyaba los derechos de voto en respuesta a la represión y la corrupción gubernamentales. En 2012, las fuerzas de seguridad lo detuvieron y lo torturaron brutalmente, hasta el punto de amputarle dos dedos. Fue detenido más de una decena de veces y sometido a terribles abusos antes de verse obligado a huir para salvar la vida. Poco antes de su huida, las fuerzas gubernamentales mataron a varios miembros de su familia.

Se enfrenta a una expulsión inminente que lo devolvería a la situación de peligro en Uganda. Un alto cargo ugandés ha declarado que es probable que los cuerpos de seguridad lo maten si regresa. El gobierno de Estados Unidos está obligado a no devolver a personas a una situación en la que puedan correr peligro de tortura u otros abusos graves contra los derechos humanos: lo que se conoce como el principio de no devolución (non-refoulement). Esas salvaguardias son imperativas para proteger a las personas refugiadas que huyen de la violencia y la persecución.

Tras más de un año y medio de reclusión, la diabetes del pastor Steven está fuera de control. Se ha quedado ciego de un ojo, está perdiendo vista en el otro, y sufre entumecimiento y hormigueo en las extremidades. Tiene forúnculos por todo el cuerpo. Cuando fue recluido en el Centro de Procesamiento del Servicio de Port Isabel por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) en Los Fresnos, Texas, tenía la diabetes controlada. Una vez recluido, le cambiaron la medicación y le negaron una dieta adecuada para su enfermedad. Además, le quitaron el dispositivo con el que se toma sangre del dedo que le permitía vigilar sus niveles de azúcar diarios. Según la legislación estadounidense, la diabetes es una discapacidad. A pesar de las reiteradas peticiones, al pastor Steven se le ha negado el alojamiento para personas con discapacidad. Hasta el momento, el ICE no ha hecho nada para abordar las peligrosas condiciones en las que vive el pastor Steven, su perjudicial dieta o las deficiencias de su tratamiento médico.

A pesar del deterioro de su salud y de su sistema autoinmune comprometido, el ICE ha denegado, sin dar ninguna razón específica, las peticiones de que sea puesto en libertad. A 18 de junio de 2020, 52 de las 193 personas detenidas en Port Isabel que se habían sometido a la prueba de COVID-19 habían dado positivo. Amnistía Internacional ha documentado la falta de medidas de protección adoptadas por los centros de detención del ICE, medidas tales como proporcionar jabón y desinfectante a las personas recluidas, una atención médica adecuada y ágil para quienes tienen síntomas de COVID-19, y facilitar la distancia física, de acuerdo con las directrices y las normas globales de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

La detención de solicitantes de asilo sólo debe ser un último recurso, cuando otras alternativas que no impliquen privación de libertad hayan resultado o se hayan considerado insuficientes en el caso de la persona en cuestión. Según el relator especial de la ONU sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, la detención de solicitantes de asilo basada exclusivamente en su condición de inmigrantes puede constituir rápidamente, “cuando no de forma inmediata”, malos tratos contra personas en situaciones de mayor vulnerabilidad, incluyendo las personas con enfermedades.

En virtud del derecho internacional, Estados Unidos tiene la obligación de garantizar que los derechos humanos de las personas migrantes y solicitantes de asilo se respetan, se protegen y se hacen efectivos. En su informe de julio de 2017 sobre una visita a Estados Unidos, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria declaró: “la detención preceptiva de inmigrantes, especialmente solicitantes de asilo, es contraria a las normas internacionales de derechos humanos y relativas a los refugiados [...] El Grupo de Trabajo ha observado que el actual sistema de detención de inmigrantes y solicitantes de asilo es, en muchos casos, punitivo, irrazonablemente largo, innecesario y costoso, cuando existen soluciones alternativas basadas en la comunidad, […] no basadas en una evaluación individual de la necesidad y la proporcionalidad de la detención, llevada a cabo en condiciones degradantes, y que disuade de presentar solicitudes de asilo legítimas”.

Según el PIDCP, la Convención contra la Tortura y el derecho internacional consuetudinario, Estados Unidos está obligado a no devolver a personas a una situación en la que puedan correr peligro de tortura u otros abusos graves contra los derechos humanos: lo que se conoce como el principio de no devolución (non-refoulement). En virtud de la ley estadounidense, todas las personas aprehendidas en la frontera “serán detenidas” en espera de sus procedimientos de deportación. La legislación estadounidense dispone que estas personas pueden ser puestas en libertad condicional, determinada caso por caso, por "razones humanitarias urgentes" o por un "beneficio público significativo" cuando la persona en cuestión no suponga un peligro para la seguridad y no exista riesgo de fuga. Las políticas del ICE otorgan a los directores y directoras de las oficinas sobre el terreno la facultad de conceder la libertad condicional a las personas que han demostrado un temor creíble, determinado caso por caso por esas mismas razones, y que incluye tanto a las personas cuya detención prolongada no beneficia al interés público como a las personas que sufren emergencias médicas.

Pueden escribir llamamientos en: Inglés

También pueden escribir en su propio idioma.

Envíen llamamientos lo antes posible y no más tarde del: 11 de agosto de 2020

Consulten con la oficina de Amnistía en su país si van a enviar llamamientos después de la fecha límite.

Nombre y género gramatical preferido: Pastor Steven Tendo (masculino)

Enlace a la AU anterior: N/A