Jueves, 22 de noviembre, 2018

Trinidad y Tobago es Estado Parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967, a los que el país se adhirió en noviembre de 2000. Por tanto, está obligado a proteger plenamente los derechos de las personas que necesitan protección internacional


Las autoridades de Trinidad y Tobago deben dejar de criminalizar la protesta pacífica de personas migrantes y refugiadas y encontrar para ellas soluciones basadas en los derechos humanos que sean conformes con las obligaciones contraídas por el país en virtud del derecho internacional. Así lo ha manifestado Amnistía Internacional hoy.

En respuesta a las declaraciones del fiscal general de Trinidad y Tobago, Faris Al Rawi, en las que sugiere que el país aún no está legalmente obligado a establecer sistemas para abordar el creciente número de personas migrantes y refugiadas que llegan a la isla caribeña, ya que no ha ratificado la Convención de la ONU sobre el Estatuto de los Refugiados, Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional, ha declarado:

“El fiscal general se equivoca en su interpretación de las obligaciones contraídas por Trinidad y Tobago en virtud del derecho internacional. Al haberse adherido a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, y a su Protocolo de 1967, el país está obligado por el derecho internacional a cumplir los términos de estos tratados. Esto significa que debe respetar el derecho humano fundamental a buscar asilo y no debe devolver nunca a personas a países en los que su vida o su libertad corran peligro".

El fiscal general hizo esta declaración después de que, según se ha informado, las autoridades de Trinidad y Tobago detuvieran a 78 personas refugiadas y solicitantes de asilo procedentes de Cuba que habían protestado pacíficamente por su situación de derechos humanos en Trinidad y Tobago ante la sede de la ONU en Puerto España, y reavivaran así los debates sobre el creciente número de personas migrantes y refugiadas en el país.

Según la información publicada en la prensa, las personas cubanas detenidas el 16 de noviembre fueron acusadas en virtud de la Ley de Faltas de obstaculizar el libre tránsito y fueron condenadas a dos días de prisión. Al preguntarle si Trinidad y Tobago estaba en conversaciones con las autoridades cubanas para deportar a estas personas, el fiscal general dijo que el encargado de esa cuestión era el ministro de Seguridad Nacional.

Trinidad y Tobago es Estado Parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967, a los que el país se adhirió en noviembre de 2000. Por tanto, está obligado a proteger plenamente los derechos de las personas que necesitan protección internacional. Aunque Trinidad y Tobago aún no ha adoptado legislación nacional para regular la manera en que trata a las personas necesitadas de protección internacional, es una norma del derecho internacional consuetudinario que un Estado no puede invocar las disposiciones de su legislación interna, o su falta de ellas, para justificar su incumplimiento de los términos de un tratado.

En 2014, el consejo de ministros de Trinidad y Tobago adoptó una política nacional para abordar las cuestiones relativas al asilo y el refugio. Dicha política establece que las personas reconocidas como refugiadas deben gozar de una serie de derechos, que incluyen documentos de viaje, documentos de identidad, autorización para trabajar y derecho a la educación. En la práctica, las personas que solicitan asilo o ven reconocida su condición de refugiadas no tienen permiso para trabajar, por lo que muchas están en la miseria, y tampoco tienen permiso para enviar a sus hijos e hijas a la escuela. Las personas cubanas detenidas protestaban por esta situación.

“Al criminalizar a personas migrantes y refugiadas que protestaban por el incumplimiento del país de respetar los derechos humanos, las autoridades de Trinidad y Tobago están adoptando un enfoque corto de miras respecto al creciente número de personas que llegan a sus costas y necesitan protección internacional”, ha manifestado Erika Guevara Rosas.

“En lugar de encerrar a gente que sólo quiere rehacer su vida sin peligro, las autoridades deben desarrollar la política nacional existente sobre asilo y refugio y promulgar legislación para cumplir sus obligaciones ya contraídas en virtud del derecho internacional".

El derecho internacional establece que los Estados no deben devolver a personas a países en los que su vida o su libertad se vean amenazadas, o en los que puedan sufrir tortura u otras violaciones de derechos humanos. Sin embargo, en abril, Trinidad y Tobago deportó a más de 80 personas venezolanas, en un procedimiento que pudo infringir el derecho internacional.

Casi todos los Estados de Latinoamérica tienen legislación nacional relativa a las personas refugiadas.

Información complementaria

A finales de 2017, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados había registrado a 2.286 personas respecto a las que existían motivos de preocupación en Trinidad y Tobago. La mayoría eran de Venezuela, y el segundo grupo más numeroso de solicitantes de asilo procedía de Cuba.

Amnistía Internacional lleva décadas documentando severas restricciones del derecho a la libertad de expresión en Cuba, y en los últimos años decenas de miles de personas de este país han abandonado su patria. El informe de Amnistía Internacional “Es una prisión mental”, publicado en 2017 y basado en entrevistas con más de 60 personas migrantes de Cuba, documenta los mecanismos de control de la libertad de expresión existentes en este país, y los riesgos a los que se exponen los cubanos y cubanas que se atreven a protestar.

En marzo, Amnistía Internacional publicó Salida de Emergencia, que documentaba cómo las violaciones del derecho a la salud, y las dificultades para acceder al alimento y a otros servicios básicos, ponen en peligro las vidas de miles de personas en Venezuela y alimentan una crisis regional de migración forzada.

En septiembre, Amnistía Internacional publicó una carta abierta a los gobiernos regionales en la que les pedía, a ellos y a la comunidad internacional, que acordaran medidas urgentes para garantizar los derechos de las personas venezolanas necesitadas de protección internacional. También publicó un informe en el que exponía con detalle la inacción del gobierno de Curazao para establecer procedimientos efectivos para las personas que buscaban asilo, a la luz del creciente número de ciudadanos y ciudadanas de Venezuela que necesitaban protección internacional.